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Qué es y cuándo se ejercita el derecho de tanteo y retracto

¿Te ha surgido la duda alguna vez sobre lo que puede suceder si la vivienda que tienes alquilada como arrendatario es vendida por el arrendador? Aquí es cuando entra en juego el derecho de tanteo y retracto.

El derecho de tanteo y retracto consisten derechos que tiene el inquilino para que, en caso de que el propietario ponga a la venta la vivienda arrendada, éste pueda adquirirla antes que otro comprador, con las mismas condiciones y al mismo precio. Forman parte de los denominados derechos reales y se encuentran estipulados en el artículo 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

¿Qué es el derecho de retracto?

En este caso nos encontramos en un derecho ejercitable una vez producida la venta y consiste en la posibilidad del inquilino de subrogarse en lugar del comprador del inmueble arrendado, reintegrándole el precio pagado y los gastos ocasionados. Para ello, dispondrá de treinta días naturales, contados desde el siguiente a la notificación que en forma fehaciente deberá realizar el adquiriente al arrendatario acerca de las condiciones esenciales en las que se produjo la compraventa.

Para poder ejercer este derecho por parte del arrendatario debe haberse dado dos situaciones, o bien que el propietario no le haya informado previamente de la venta de la vivienda arrendada; o que el precio al que el propietario venda el inmueble a un tercero sea menor que el precio que el inquilino había ofrecido para que ejerciese su derecho de tanteo.

¿Cuándo no se pueden ejercer los derechos de tanteo y retracto?

En caso de que la vivienda arrendada se venda junto con otras propiedades que forman parte de un mismo inmueble, no podrán ejercitarse estos derechos, ni tampoco cuando se vendan de forma conjunta todos los pisos y locales de un inmueble a un mismo comprador.

A su vez, el inquilino puede renunciar al derecho de tanteo si no está interesado en comprar la vivienda, pero en ese caso debe incluirse una cláusula de renuncia en el propio contrato de arrendamiento, de tal forma que podrá permanecer en el inmueble hasta que finalice su contrato.

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